¿Qué es?
El Programa Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, impulsada por Acelera Pyme, para ayudar a PYMES y autónomos a implantar soluciones digitales y ayudarles así en su proceso de transformación digital.
Con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se han propuesto programas de
subvenciones que permitirán la adquisición e implantación masiva de soluciones de digitalización. Desde la Unión Europea se destinarán más de 3.000 millones de euros en subvenciones procedentes de los fondos europeos “Next Generation EU” dentro del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia.
Desde PKF Attest, colaborador habitual de Cebek, nos trasladan algunas de las preguntas más frecuentes sobre el Kit Digital que presentamos a continuación:
- ¿Qué gastos son subvencionables?
Los gastos para la adopción de soluciones: Sitio web, comercio electrónico, gestión de redes sociales, gestión de clientes y/o proveedores, BI y analítica, servicios de oficina virtual, gestión de procesos, factura electrónica, comunicaciones seguras y ciberseguridad.
- ¿Qué gastos no son subvencionables?
La adquisición de hardware, la conectividad, los impuestos o los servicios de consultoría entre otros.
Sí. Las empresas tienen 6 meses para gastarlo.
- Si solicito el bono para varias categorías, ¿puedo sumar los importes?
Sí, pero tiene que haber un acuerdo para cada categoría. También debes presentar una factura diferente para cada categoría, aunque el agente digitalizador sea el mismo.
- ¿Pueden acceder a este bono digital todos los sectores?
Sí, en principio no ha quedado ninguno excluido
- ¿Pueden pedir estas ayudas los autónomos en módulos?
Sí (siempre y cuando cumplan con los requisitos).
- ¿Cuánto se tarda en recibir el bono?
No hay un plazo estipulado, pero sí se sabe que las peticiones se atienden por orden de llegada. Después, se comprueba si las empresas solicitantes cumplen los requisitos para recibir la subvención.
- ¿Cómo afecta el resultado del test de autodiagnóstico a la hora de acceder a los bonos?
No es vinculante, por lo que se pueden pedir las ayudas independientemente del resultado. El test solo es para conocer el nivel de digitalización de las empresas. Importante señalar también que solo es obligatorio realizar el primer test (autodiagnóstico digital), los otros dos son voluntarios. Para desbloquearlos es necesario registrarse.
- ¿Quién le paga al digitalizador?
Una vez emitida la factura, el beneficiario tiene que abonar el IVA al proveedor, pues los impuestos no están incluidos. El resto lo abona Red.es en la cuenta del digitalizador una vez digitalizada la factura y subida a Red.es. Las ayudas no se dan en forma de dinero, sino de servicios. Por tanto, si la solución es más barata que el importe al que tiene derecho la empresa, la cantidad restante se reintegra a los fondos globales del kit digital.
- ¿Cuánto tiempo pueden tardar en cobrar los digitalizadores?
Las empresas digitalizadoras cobrarán el 70% a los tres meses, una vez implantada la solución. El 30% restante, a los 12 meses (en alguna categoría la distribución será 60%/40%). Es importante señalar que se va a habilitar una línea ICO por si un agente digitalizador necesita financiación.
- ¿Se puede implementar una solución antes de la firma del acuerdo?
No. Las empresas tienen que esperar a que se abra la convocatoria del bono digital o, en su caso, a que se les conceda. Sólo entonces puede llegar a un acuerdo con el agente digitalizador si quiere beneficiarse de las ayudas. En la convocatoria se habilitará un modelo de aceptación y otro de representación voluntaria.
- ¿Qué ocurre si la empresa beneficiaria desaparece antes del año?
En principio, el agente digitalizador se quedaría sin cobrar el 30% restante. Hay que recordar que las empresas digitalizadoras se comprometen a implantar la solución en un periodo máximo de tres meses y a dar un servicio durante 12 meses.
- ¿Es posible ser beneficiario y agente digitalizador?
No.
- ¿Un digitalizador puede ofrecer varias soluciones?
Sí. Del mismo modo, los beneficiarios pueden seleccionar distintos servicios hasta agotar el bono, siempre y cuando estos pertenezcan a categorías diferentes.
- ¿Qué ocurre cuando una empresa no cumple el requisito de facturación de 100.000 euros en uno de los dos últimos ejercicios? ¿puede unirse a otra?
No. No se permiten UTES.
- ¿Es compatible el kit digital con otras ayudas?
Este punto no ha quedado aclarado por los representantes del proyecto. No obstante, hay organismos públicos que se han pronunciado. Es el caso del Idepa, que ya ha dicho que los cheques de innovación no son compatibles con el bono digital.
- ¿Qué ocurre si proveedor y cliente tienen discrepancias?
Desde Red.es han dejado claro que no van a hacer de intermediarios.
- ¿Cuándo se puede solicitar el bono digital?
La convocatoria se va a abrir en función del tamaño de la empresa. La primera fase estará destinada a compañías entre 10 y 49 trabajadores. La convocatoria se abrirá en febrero de 2022, con un importe de 500 millones de euros. El segmento 2 (4 a 9 empleados) se abrirá en junio de 2022 y el segmento 3 (0 a 3 empleados) en septiembre de 2022.
- ¿Cómo se calcula el número de empleados de las empresas cuya plantilla oscila en función de las temporadas?
Se realiza una media, según datos aportados por la Seguridad Social.
- ¿Qué ocurre si hay algún error en la solicitud para ser agente digitalizador?
En ese caso, se enviará un requerimiento y se abrirá un proceso de subsanación con un plazo de 10 días.
En caso de tener cualquier consulta, no dudes en ponerte en contacto a través de de info@cebek-digital.com
Elaborado por:
También te podría interesar...